Denuncian irregularidades en convocatoria de radio comunitaria: comunidad indígena interpone tutela contra el MinTIC

Bogotá, 18 de septiembre de 2025. La Fundación Antonio Reyes Rodríguez Uriana, una organización indígena con sede en Uribia, La Guajira, acudió a la justicia tras denunciar presuntas irregularidades en la Convocatoria 001 de 2024 para concesiones de radio comunitaria, adelantada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC).

Según la comunidad, a pesar de haber cumplido con todos los requisitos exigidos en los términos de referencia y obtener un puntaje superior al de su competidor directo (60 puntos frente a 40), su propuesta fue inhabilitada por el Comité Evaluador, que consideró insuficientes las certificaciones de trabajo comunitario presentadas. La decisión, aseguran, se basó en una interpretación subjetiva de la norma que no corresponde con lo dispuesto en la Resolución 2614 de 2022.

En particular, en el capítulo 4.1.8 de los Términos de Referencia, bajo el título “Experiencia en desarrollo de actividades comunitarias”, se establece lo siguiente:

“Para el presente proceso de selección, la experiencia de desarrollo de actividades requeridas se fundamenta en la condición establecida en el numeral 3 del artículo 98 de la Resolución 2614 de 2022, esto es: ‘haber desarrollado actividades con la comunidad municipal en diferentes áreas de desarrollo económico, cultural o social’. La acreditación deberá presentarse a través de un mínimo o máximo de dos certificaciones de desarrollo de actividades, expedidas por el representante legal de entidades públicas o privadas con personería jurídica.”

La Fundación subraya que ni en este apartado ni en el artículo 95 de la Resolución 2614 de 2022 se exige que las certificaciones incluyan un detalle exhaustivo de las actividades realizadas. “El propósito del requisito es demostrar, mediante certificación de una entidad legalmente constituida, que la comunidad ha adelantado acciones con impacto social, económico o cultural. Nuestros certificados cumplen con esa exigencia, pero aún así los restaron de validez y ni siquiera habilitaron nuestra propuesta”, expresaron sus voceros.

Para la organización, esta interpretación arbitraria no solo truncó su aspiración a la emisora comunitaria, sino que además vulnera derechos fundamentales como el debido proceso (art. 29 C.P.), la igualdad (art. 13 C.P.), la participación (arts. 2 y 40 C.P.) y el acceso a la información pública en condiciones de transparencia (art. 23 C.P.).

Sospechas de intereses particulares

La Fundación asegura que, a su modo de ver, el actuar tanto del subdirector de Radio (E) como del Comité Evaluador sugiere la existencia de intereses particulares en el manejo de la convocatoria, especialmente en lo relacionado con el departamento de La Guajira.

Eduardo Osorio, Subdirector de Radio (E)

Ante esta situación, hacen un llamado a los organismos de control, en especial a la Procuraduría General de la Nación, y al propio presidente de la República, para que se adelante un “espulgue” dentro del MINTIC. Asimismo, invitan a las demás comunidades participantes en el país a denunciar cualquier irregularidad:

“Si a nosotros nos pasó esto, no descartamos que más comunidades estén siendo afectadas. No se queden callados; que se sepa y llegue a todos los medios de comunicación posibles a nivel nacional.”

En juego, la voz de las comunidades

La Fundación Antonio Reyes Rodríguez Uriana insiste en que su propuesta no solo cumplió con los requisitos, sino que además fue presentada en condición de víctima del conflicto, lo que debía otorgarle un puntaje adicional. Para ellos, la decisión del Comité Evaluador no solo los dejó por fuera de la convocatoria, sino que también silencia la posibilidad de que su comunidad cuente con un medio de comunicación propio, vital para la preservación de su cultura e identidad.

La tutela busca que el MinTIC realice una nueva evaluación objetiva y en derecho de la propuesta, con la garantía de que se respeten los principios de transparencia, igualdad y pluralidad que deben regir las convocatorias públicas.