Uribia, La Guajira. Detrás de la fachada del Hotel Iparu, un inmueble ampliamente conocido por los habitantes de Uribia, se desarrolla una controversia que trasciende un simple conflicto de propiedad. De un lado, la Organización Indígena Yanama acredita la titularidad del bien mediante escritura pública. Del otro, la familia Laguna Forero sostiene que durante más de tres décadas ha ejercido la posesión material, pública y continua del inmueble, invirtiendo recursos para recuperarlo cuando, según diversos testimonios y documentos aportados al proceso, se encontraba en estado de abandono.
La disputa, que actualmente tiene un fallo judicial favorable a Yanama en primera instancia, continúa generando debate entre la comunidad y mantiene abiertas diferencias sobre la valoración de las pruebas presentadas durante el proceso.
Los orígenes del Hotel Iparu
Los documentos consultados permiten reconstruir el origen del inmueble. El certificado de tradición señala que el lote pertenecía inicialmente a Erendida Raquel Mejía Díaz, quien el 22 de julio de 1987 lo vendió a José Milciades Soto Berardinelli.
Tras la compra, Soto desarrolló el proyecto hotelero conocido como Organización Hotelera Iparu OHI Ltda., levantando la infraestructura del hotel desde sus cimientos.
Años después, el 20 de marzo de 1991, el inmueble fue transferido mediante escritura pública a la Organización Indígena Yanama.
En una declaración extraproceso aportada por la familia Laguna Forero, José Milciades Soto manifestó bajo gravedad de juramento que la transferencia tuvo un propósito social: que la organización desarrollara programas dirigidos al pueblo Wayuu y que el proyecto conservara el nombre de su hijo Miller Soto, víctima de un atentado. En esa misma declaración aseguró que, según su conocimiento, Yanama no ocupó de manera permanente el inmueble.
Esa afirmación hace parte de la versión rendida por el antiguo propietario y constituye uno de los documentos allegados al expediente.
La ocupación del inmueble
La familia Laguna Forero sostiene que, tiempo después de la transferencia, el Hotel Iparu permanecía sin uso permanente y presentaba un avanzado deterioro.
Según esa versión, José María Laguna Forero, junto con su esposa Yadima Forero y sus hijos, ingresó al inmueble hace más de tres décadas y comenzó un proceso de recuperación que incluyó labores de limpieza, reparación y adecuación.
La familia afirma haber ejercido desde entonces una posesión pública, continua y pacífica, realizando inversiones para instalar servicios públicos, reparar techos, pisos, ventanas, unidades sanitarias, sistemas eléctricos y otras mejoras destinadas a mantener el edificio en funcionamiento.
También sostiene que parte del inmueble ha servido durante años para actividades de la iglesia Roca de Israel y para el funcionamiento de algunos locales comerciales cuyos ingresos, aseguran, han contribuido al sostenimiento del lugar.
Los documentos aportados
Entre los documentos revisados aparecen varias declaraciones extraproceso rendidas ante la Notaría Única del Círculo de Uribia.
Una de ellas corresponde a José Milciades Soto Berardinelli, quien reiteró bajo juramento que la familia Laguna Forero ocupó el inmueble durante años y manifestó que, a su juicio, el compromiso social que motivó la venta a Yanama nunca llegó a desarrollarse.

Otra declaración fue presentada por Rocío María Barros Pushaina, quien manifestó conocer el inmueble desde hace varias décadas y afirmó haber observado el estado de abandono en que se encontraba antes de que, según su testimonio, José María Laguna iniciara labores de limpieza y recuperación.
También obra una declaración de Estela Mejía Díaz, hermana de la antigua propietaria del lote. En su relato aseguró haber conocido el deterioro del hotel y afirmó que posteriormente vio a José María Laguna establecerse en el lugar y permanecer allí durante años.

Como parte del material documental también fue aportada una comunicación de la empresa prestadora del servicio de gas natural, fechada en enero de 2018, en la que se informa que el contrato de suministro para ese inmueble fue celebrado con José María Laguna en octubre de 1999.

Para la familia Laguna Forero, ese y otros documentos respaldan los actos materiales de posesión ejercidos durante varios años. No obstante, el alcance jurídico de esas pruebas corresponde a las autoridades judiciales.

El proceso judicial
La controversia llegó a conocimiento de la justicia y actualmente existe una decisión de primera instancia favorable a la Organización Indígena Yanama.
La familia Laguna Forero sostiene que durante el proceso no fueron valoradas integralmente las pruebas relacionadas con los años de ocupación, las inversiones realizadas y los testimonios aportados. Además, cuestiona algunas actuaciones procesales que, según afirma, incidieron en el resultado del litigio.
Por su parte, la decisión judicial reconoce la titularidad registrada a favor de Yanama. Cualquier discusión sobre la valoración de las pruebas o la legalidad del procedimiento corresponde a los mecanismos judiciales previstos por la ley.
La posesión en el derecho colombiano
El caso también ha despertado interés porque pone sobre la mesa la figura jurídica de la posesión. El ordenamiento colombiano contempla la posibilidad de adquirir el dominio de un inmueble mediante la prescripción adquisitiva cuando se cumplen los requisitos establecidos en la ley y así lo declara un juez competente.
No obstante, la existencia de un tiempo prolongado de ocupación, por sí sola, no implica automáticamente la adquisición del derecho de propiedad. Cada caso debe ser analizado de acuerdo con las pruebas y las decisiones adoptadas por las autoridades judiciales.
Un debate que continúa
Mientras el expediente sigue generando opiniones en Uribia, el Hotel Iparu permanece como símbolo de una controversia que enfrenta dos posiciones distintas: por un lado, la titularidad formal acreditada mediante escritura pública y, por otro, la ocupación prolongada que la familia Laguna Forero afirma haber ejercido durante más de treinta años.
El desenlace definitivo dependerá de las actuaciones judiciales que continúen desarrollándose y de las decisiones que adopten las instancias competentes. Entretanto, la historia del Hotel Iparu sigue siendo motivo de conversación entre los habitantes del municipio y un caso que invita a reflexionar sobre la relación entre la propiedad, la posesión y la valoración de las pruebas dentro de un proceso judicial.
